15/07/2009 | 01:42
Es hora de estrenar el derecho a la resistencia, consagrado en el artículo 99 de la Constitución vigente. La persecución a Teleamazonas, por haber hecho la cobertura periodística de los incidentes en el ex Supermercado Santa Isabel, atenta contra la Libertad de Expresión y de información. Contra la libertad de opinión ya asestaron un golpe de gracia cuando forzaron la salida de Carlos Vera. Ahora, el objetivo es Jorge Ortiz. Al igual que hicieron contra Ecuavisa hace algunos meses, han abierto un expediente en el CONARTEL contra uno de los pocos medios que aún se muestran como independientes para criticar al Gobierno del Socialismo Siglo XXI. Luego de arremeterlo con el S.R.I y con la Superintendencia de Compañías, dos ramales de la GESTAPO CORREISTA, quieren poner al canal en el filo de la navaja para poder exigir el silencio de Ortiz a cambio de seguir en el aire. Ya basta de tanta ignominia.
Para ello, se valen de un argumento legal cuya interpretación es forzada, maliciosa y temeraria: La supuesta violación al artículo 54 de la Ley de Radiodifusión y Televisión, cuyo mandato prohíbe a los concesionarios de frecuencia transmitir noticias basados en supuestos que puedan producir perjuicios o conmociones sociales y públicas; caben algunas preguntas: Fue acaso un supuesto que sujetos políticos lleguen y reclamen por lo que ellos consideraron un acto ilegal? NO; fue un hecho que se produjo, por tanto fue una noticia real. Supuestos son aquellos hechos que solo están en la mente de quien difunde algo que no ocurre, como cuando la televisión del Estado anunció un mes antes, el deceso del ex Presidente Febres Cordero, originando, por la magnitud del personaje, una conmoción social; si mañana sale un irresponsable a decir que el Presidente fue asesinado o que se ha consagrado un golpe de Estado, sin que aquello fuera cierto, incurriría en el incumplimiento de la norma y por ende quedaría sujeto a la sanción correspondiente. En Santa Isabel, lo que observó el País fue la cobertura de un hecho que se producía en ese momento. Castigar por aquello, es una flagrante violación a la Libertad de Información.
Pero el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL y el CONARTEL también quieren dictar moldes para el trabajo periodístico. No les ha gustado la forma como el reportero transmitió la noticia. Qué son ahora, Universidades de Comunicación? Mientras no hayan existido aseveraciones falsas, ofensivas o calumniosas, es problema del reportero si transmite como si estuviera en un partido de fútbol o en un cortejo fúnebre. Aquello no tiene porqué ser evaluado absolutamente por ningún organismo oficial; tan solo por el Director del Noticiario y por el público, que con su sintonía mayor o menor, premia o castiga al trabajo periodístico. Sancionar por aquello, es una flagrante violación a la Libertad de Expresión.
Pero todo esto solo se puede refutar en una Nación que privilegia el Estado de Derecho. Por el contrario, donde prima el totalitarismo, la razón jurídica no tiene peso, pues la norma suprema la determina la palabra del Presidente y sus funcionarios. Alguna vez señalé que en Ecuador, la acepción de Ley, definida en el Código Civil como ”la manifestación de la voluntad soberana, que de acuerdo a lo prescrito en la Constitución, manda, permite o prohíbe, cambió por “la manifestación de la voluntad de Correa y sus colaboradores, que de acuerdo a lo que se les ocurra, manda, permite o prohíbe”. Como en toda época de dictadura, ellos están sobre la Ley y sus decisiones son irrefutables.; ejemplo de aquello, es la decisión irresponsable y antijurídica que ha adoptado Carlos Marx Carrasco de desconocer el efecto suspensivo de una acción de protección, resuelta por un Juez Constitucional en contra de la resolución que obliga a las Declaraciones Patrimoniales. Solo a él se le ocurre que los únicos beneficiarios son los proponentes de la misma y no todos aquellos ciudadanos que se veían acatados a cumplir ese írrito decreto tributario, como lo dice la doctrina.
La gente comienza a percibir aquello; todos han entendido que el verdadero propósito es callar a Ortiz y torcer la línea editorial de los noticieros en Teleamazonas. Por ello, luego de mi diálogo con el entrevistador quiteño en mi programa radial de opinión, fueron por decenas las llamadas de solidaridad a favor del canal y de su trascendente periodista. Creo que de consagrarse una injusta sanción, hay que estrenar el artículo 99 de la novel Carta Magna que sostiene: “La acción ciudadana se ejercerá en forma individual o en representación de la colectividad , cuando se produzca la violación de un derecho o la amenaza de su afectación”. Es el artículo de la Resistencia Civil, enmarcada en la Constitución. Ya es hora de hacerlo; Velasco Ibarra alguna vez dijo: “La ignominia nunca dura”, pero si no se la enfrenta y resiste, corremos el riesgo que perdure para siempre.
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